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Nuevo código penal cubano desata las críticas de disidencia y activismo

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Nuevo código penal cubano desata las críticas de disidencia y activismo
Sus detractores señalan que aumentan los tipos delictivos, en 37, y que se endurecen las penas (cuatro delitos más con pena de muerte; 10 más con prisión perpetua).

El nuevo Código Penal de Cuba, aprobado en la Asamblea Nacional, ha suscitado desde el principio los recelos y críticas de la disidencia y el activismo, que temen que asfixie la protesta social y el periodismo independiente.

El nuevo texto ha sido destacado por sus impulsores y defensores como “moderno”, “educativo”, “garantista” y de afán actualizador, ya que el anterior -de 1987- no contemplaba cuestiones como los delitos medioambientales, la cibercriminalidad, la violencia de género y las tramas delictivas transnacionales.

Sus detractores, sin embargo, señalan que aumentan los tipos delictivos, en 37, y que se endurecen las penas (cuatro delitos más con pena de muerte; 10 más con prisión perpetua).

Destacan asimismo que incorpora una ambigüedad calculada que da cabida a la arbitrariedad y consideran la reforma una reacción legal a las protestas antigubernamentales del 11 de julio.

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Denuncian en este sentido los nuevos tipos delictivos por desórdenes públicos y contra la seguridad del Estado, así como aquellos que penalizan la financiación extranjera de ONG o medios de comunicación y la descripción del delito de espionaje.

Defender el estado

El presidente de la Comisión de Asuntos Constitucionales y Jurídicos de la Asamblea Nacional, José Luis Toledo Santander, aseguró en el sitio web oficial Cubadebate que los artículos del nuevo código penal «recogen lo más moderno en la práctica judicial e investigativa» y «han sido elaborados sobre la base de principios constitucionales y garantías a la población».

Los medios oficiales destacan que el texto blinda la presunción de inocencia, el derecho de apelación y el derecho a la defensa, además de limitar la prisión provisional e impedir que una persona sea juzgada dos veces por un mismo hecho.

El abogado Fernando Almeyda, en el medio independiente La Joven Cuba, consideró sin embargo que el recién aprobado código «llega a un nuevo nivel, institucionalizando la violencia a favor de los intereses del Estado».

Destacó que el texto exime de responsabilidad penal a aquellos que actúen para «repeler o impedir un peligro o daño a los intereses sociales del Estado» y apuntó a los grupos progubernamentales que chocaron con los manifestantes del 11 de julio.

También alertó de que se exime de responsabilidad penal a policías, militares y funcionarios por  “obrar en cumplimiento de un deber”.

Se mantienen además los delitos de propagación de noticias falsas y de sedición -que ha castigado con hasta 30 años de cárcel a algunos de los manifestantes del 11 de julio-, y el de propaganda enemiga pasa a denominarse propaganda contra el orden constitucional.

“Si el Código de 1987 es poco garantista, el nuevo penaliza por completo la existencia del disenso”, concluye Almeyda.

En esa misma línea se posicionan en un comunicado conjunto el Consejo para la Transición Democrática en Cuba (CTDC), la Red Femenina de Cuba (RFC) y la Asociación de Madres y Familiares 11J por la Amnistía (AMFA).

“El Código Penal es el fundamento de la maquinaria represiva cubana, que criminaliza sin ningún reparo la disidencia no violenta”, argumentan.

Estos tres colectivos denuncian asimismo que algunas tipologías delictivas están “tan vagamente definidas” que “ofrecen una amplia discrecionalidad”.

Medios, financiación, espionaje e internet

Distintas asociaciones han puesto en la mira otro punto que consideran espinoso: la condena de cuatro a 10 años a personas –o representantes de ONG– que reciban fondos «con el propósito de sufragar actividades contra el Estado y su orden constitucional».

El Comité para la Protección de los Periodistas (CPJ) señaló en un comunicado que la modificación puede tener efectos “catastróficos” para el periodismo independiente en Cuba, «un país donde los medios privados son ilegales y los periodistas no tienen la posibilidad de obtener financiamiento local».

Esto, sumado a los citados delitos de propaganda y difusión de noticias falsas, equivale a una «sentencia de muerte» para el periodismo independiente, consideró el CPJ.

Para la Fiscalía General de Cuba, por su parte, la cuestión del financiamiento busca solamente “enfrentar» la «actividad contrarrevolucionaria».

El nuevo código penal incluye asimismo como agravante la comisión en redes sociales de ciertos delitos, como la instigación a delinquir, la calumnia, la injuria y los actos contra la intimidad y la imagen, como señala el medio independiente Inventario.

Luego está el delito de espionaje, por el que proporcionar información a un Estado extranjero, ONG, instituciones internacionales, asociaciones o personas naturales y jurídicas puede sancionarse con hasta 30 años de prisión, cadena perpetua y hasta pena de muerte.

Pena de muerte

La pena capital -abolida ya en la mayoría de países- está prevista en 24 figuras delictivas del nuevo código penal, cuatro más que en el texto vigente desde 1987.

A diferencia de la anterior legislación, la pena de muerte queda reservada casi en exclusiva para delitos contra la seguridad interior y exterior del Estado, además de algunos de tipo sexual y el asesinato.

Su aplicación en más tipos delictivos contrasta con la moratoria práctica que existe en el país, donde no se ha usado la pena de muerte en casi 20 años.

La última ejecución se realizó en 2003, contra tres personas que secuestraron una embarcación durante la oleada de protestas y represión conocida como la Primavera Negra.

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