Martha Sepúlveda y Víctor Escobar han puesto a Colombia en la vanguardia al derecho a morir dignamente. Ambos eran pacientes con enfermedades que no estaban en fase terminal y ambos decidieron, voluntariamente y para evitar sufrimiento, ejercer su derecho a la eutanasia este comienzo de año.
Escobar, de 60 años, sufría una enfermedad pulmonar obstructiva crónica (EPOC), fibrosis, diabetes e hipertensión y el pasado jueves recibió la eutanasia en una clínica de Cali.
“Se logró llegar al objetivo de que pacientes como yo (…) llegáramos a ganar esta batalla, que abre las puertas para los demás pacientes que vienen detrás de mí y que, en estos momentos, desean una muerte digna”, dijo entonces Escobar como despedida, sabiéndose pionero y consciente de que su caso allanaría el camino para hacer conocer a los que sufren por una enfermedad incurable que pueden acceder a una muerte digna médicamente asistida.
La lucha de Martha
Sin embargo, el primer procedimiento eutanásico aprobado para una paciente en estado no terminal fue el de Sepúlveda, una mujer de 51 años con esclerosis lateral amiotrófica (ELA).
Después de recibir la autorización el pasado septiembre y a 30 horas de que se le hiciera el procedimiento, en el Instituto Colombiano del Dolor (Incodol) de Medellín se lo cancelaron alegando que no cumplía el requisito de tener una enfermedad terminal, a pesar de que ya no era necesario.
“Fue un golpe durísimo, fueron unos meses durísimos para ella” – señala su abogada, Camila Jaramillo-, “30 horas antes de que te vas a morir ya estás preparado para ello”. Sin embargo, Sepúlveda tuvo que esperar una tutela que le daba la razón y hasta este sábado no pudo cumplir con su deseo de morir.
“El legado de Martha se construye sobre las historias de vida y los casos que a lo largo de 29 años han llegado a la Corte Constitucional y han permitido que Colombia sea uno de los pocos países del mundo en los que la muerte digna y la eutanasia son un derecho de los ciudadanos”, afirmaba el Laboratorio de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (DescLAB), desde el que Sepúlveda llevaba su caso.
La batalla legal
Sepúlveda y Escobar pudieron cumplir sus deseos gracias a que la Corte Constitucional, la misma que despenalizó la eutanasia en 1997, emitió en julio pasado una sentencia que quitaba uno de los requisitos para acceder a ella: el de padecer una enfermedad terminal.
De esa forma, toda persona con “un intenso sufrimiento físico o psíquico, proveniente de lesión corporal o enfermedad grave e incurable” podía solicitar la eutanasia.
Por eso, los nombres de Víctor y Martha pasan a formar parte de la historia de conquista de derechos sociales en Colombia, junto al de Ovidio González Correa, un hombre de 79 años con un cáncer de boca que en 2015 fue el primer paciente que recibió una eutanasia.
La de Correa también fue una lucha incansable en un país en el que aunque estaba despenalizada desde hacía ocho años, nunca se había practicado ya que ni el Congreso ni el Ministerio de Salud la habían reglamentado. Él también tuvo que vivir el que le programaran su muerte y se la cancelaran; el pasar por más de una última despedida.
Desde 2015, cuando el Ministerio de Salud finalmente reglamentó la eutanasia, y hasta octubre de 2021 se han practicado 178 procedimientos, según cifras del Gobierno pedidas por DescLAB.
“El año 2021 fue el año con más procedimientos desarrollados”, indicó el director de investigaciones de DescLAB, Lucas Correa, quien agrega que aunque el crecimiento ha sido progresivo desde 2015, “no es un procedimiento masivo” y aún hay ”una serie de barreras creadas en el ejercicio del derecho a la muerte digna sea más lento y más doloroso”.
Luces y sombras
Con dos sentencias del Constitucional y varias reglamentaciones del Ministerio de Salud, la eutanasia se considera un derecho pleno en Colombia, aunque no existe una ley al respecto ya que el Congreso nunca ha podido llegar a consensos en ese sentido.
“En el año 2022, cerca de 30 años de desarrollo del derecho, esa ley pareciera ya no faltar, pareciera no ser importante en tanto la mayoría de vacíos y la necesidades normativas han sido llenadas por la Corte Constitucional y por el Ministerio de Salud a través de resoluciones”, afirma Correa.
Sin embargo, fue la falta de rapidez por parte del Ministerio de Salud para reglamentar el acceso de pacientes no terminales lo que hizo que Sepúlveda viera su procedimiento cancelado apenas 30 horas de creer que iba a morir.
“Lo que sí es evidente es que el Ministerio de Salud colombiano no ha tenido el interés por cambiar o actualizar la resolución”, alude Jaramillo.
De esa manera, ante una falta de regulación clara, “los médicos no están seguros de si cometen un delito, así que prefieren no hacerlo”, olvidando que quien lo solicita “es una persona que está consciente, que sabe las consecuencias de la decisión que está tomando, que está sufriendo”, dice la abogada.
El camino de Martha y de Víctor, dos casos muy mediáticos, no obstante, se espera que ayude a difundir que la eutanasia es legal en Colombia, un derecho al que solo se puede acceder plenamente en Países Bajos, Bélgica, Luxemburgo, Canadá, algunos estados de Australia y España.