Por Vilma Filici / filici@filici.com
TORONTO. Esta semana se celebró en todo el país el Día de los Derechos de los Refugiados, una celebración que busca resaltar los derechos que poseen en el país aquellas personas que, por razones de raza, religión, credo político o violencia intrafamiliar, entre otros factores, debieron abandonar sus países de origen y refugiarse bajo la protección canadiense.
Esta celebración se lleva a cabo el 4 de abril de cada año, dado que fue el 4 de abril de 1985 que la Corte Suprema de Justicia de Canadá reconoció los derechos que tienen todos los solicitantes de refugio en la Carta Canadiense de Derechos y Libertades.
A dicha decisión se le conoce también como la decisión ‘Singh’, en reconocimiento a Harnhajan Singh, Sadhu Singh Thandi, Paramjit Singh Mann, Kewal Singh, Charanjit Singh Gill, Indrani y Satnam Singh, quienes llevaron su caso ante la Corte.
Yo recuerdo perfectamente esa fecha dado que en la oficina donde trabajaba en ese entonces nos volvimos locos enviando solicitudes y trabajamos toda la semana para poder reabrir los casos que habían sido denegados por razones similares a las presentadas por los Singh.
En resumen, la sentencia de la Corte Suprema estableció que los refugiados tenían los mismos derechos que tiene cualquier otra persona que se encuentre en suelo canadiense, que estaban protegidos por la constitución canadiense, por el Acta de Derechos y Libertados, y que por tanto eso les daba el derecho a tener una audiencia ante una persona que iba a escuchar o a tomar la decisión sobre su caso.
Porque ese era básicamente el problema en esa época, definir si el proceso de determinación de refugiados existente en ese momento era válido, dado que no necesariamente proveía al demandante con una audiencia oral.
Los demandantes alegaron que este proceso violaba leyes de la Carta Canadiense de Derechos y Libertades (Canadian Charter of Rights and Freedoms) y de la Carta Canadiense de Derechos (Canadian Bill of Rights).
Y la Corte Suprema determinó que el proceso existente en ese momento efectivamente violaba las leyes canadienses, y ese fue el precedente legal que cambió la Ley de Refugio y creó el programa de refugio en Canadá. Con dicho dictamen fue que nació el sistema de refugio tal y como se conoce hasta la fecha, y es por eso que el 4 de abril se toma como uno de los días más importantes en lo que sería el trabajo de defensoría de los refugiados y refugiadas en Canadá.
En este sentido, es importante entender el sistema de refugio y saber que, si un caso es verídico y está bien preparado, la persona tiene oportunidades de ser aceptada. La base es demostrar que hay un temor bien fundado de persecución y de que la seguridad o la vida de la persona corre peligro en su país de origen, y se debe poder explicar y documentar muy bien tanto las razones que han llevado a esa persecución como la persecución en sí.
Las personas que piden refugio pueden quedar bajo una de dos categorías: Refugiado de Convenio o Persona Protegida. En términos legales estas dos categorías son altamente complicadas, pero trataré de simplificarlas.
La categoría de Refugiado de Convenio aplica para quienes satisfacen al Consejo de Inmigración y Refugio de Canadá de que están siendo perseguidos, o que van a ser perseguidos si regresan a su país de origen, sobre la base de cinco razones específicas: Por su opinión política; Por pertenecer a un grupo social en particular; Mujeres que son abusadas por sus parejas simplemente por ser mujeres; Personas que son perseguidas por su orientación sexual; Personas que están siendo perseguidas por su raza, nacionalidad o credo religioso.
Cualquiera de estas personas, si se siente con un temor real de persecución en su país de origen, puede solicitar refugio en Canadá y tener posibilidades de ser aceptada.
Pero también pueden solicitar refugio personas que son perseguidas por otras razones. Estas pueden entrar en la categoría de Personas Protegidas, que son quienes tienen miedo de regresar a sus países de origen o de residencia habitual por alguna de las siguientes razones: Corren peligro de ser sometidas a tortura; Penden sobre ellas amenazas a su vida; Tienen riesgo de sufrir castigos inhumanos, crueles o inusuales.
Es comprensible que personas que caen dentro de estas dos categorías (Refugiado de Convenio o Personas Protegidas) tengan miedo de solicitar refugio en Canadá por temor a que las deporten a sus países de origen, pero en realidad, dado que Canadá es signatario del Convenio de Ginebra de 1951 y de todos sus protocolos, cuando una persona viene y pide refugio las autoridades le tienen que dar la oportunidad de presentar su caso ante los organismos competentes, quienes serán los que deberán decidir si es refugiada o persona protegida, o no.
Hay una etapa de la cual se encarga el Departamento de Inmigración canadiense, y esa es la etapa de elegibilidad. Esto significa que un oficial de inmigración o de seguridad fronteriza hará una investigación preliminar para determinar si la persona podrá presentar su caso ante el consejo de refugiados.
Este oficial no tiene el poder de decidir sobre el mérito del caso de refugio por sé, pero las únicas razones por las cuales un solicitante puede ser declarado no elegible y correr el riesgo de ser deportado a su país de origen, es si por ejemplo fue aceptado anteriormente como refugiado en un tercer país; si vino antes a Canadá, pidió refugio y fue rechazado; si está ingresando a Canadá desde los Estados Unidos por tierra y no cumple ninguna de las excepciones del Tratado del Tercer País Seguro; o si tiene un record criminal.
Pero si la persona nunca vino antes a Canadá ni pidió refugio, si nunca ha sido aceptada como refugiada en ningún otro país, si no tiene record criminal, no es un criminal de guerra o está involucrada con el crimen organizado, definitivamente no tiene por qué tener temor de que no se le permita presentar su caso de refugio.
En este sentido, es importante insistir en que el Departamento de Inmigración de Canadá únicamente se encarga de ese primer paso, que es la elegibilidad, y que luego el caso es enviado al Consejo de Inmigración y Refugio, que es un tribunal independiente, especializado. Esta es la entidad que se encargará de decidir si la persona es o no refugiada por convenio o si necesita protección o no. Ante este ente se debe presentar el caso en su totalidad y se debe presentar evidencia para establecer credibilidad.
Por supuesto que no hay garantías de que el solicitante será aceptado, pero dependiendo del país del que proviene la persona sabemos el promedio de aceptación, y dependiendo del historial de la persona y de la documentación que se pueda presentar para corroborar lo que dice, se puede estimar las posibilidades de ser aceptado o no.
En el momento en que la persona es aceptada como refugiada o persona protegida por el Consejo de Inmigración y Refugio, puede iniciar de inmediato su trámite para obtener la residencia permanente en Canadá.