Amnistía Internacional (AI) pidió hoy a EE.UU. cambios en la política de uso de la fuerza, después de que el Departamento de Justicia de ese país decidiera no presentar cargos contra los agentes fronterizos que causaron la muerte de dos mexicanos en 2011.
Esta decisión «pone en cuestión la impunidad y las políticas de uso de la fuerza letal por agentes de ese país», afirmó en un comunicado la organización defensora de los derechos humanos en México.
En enero de 2011 murió Ramsés Barrón-Torres, de 17 años, tras recibir disparos de agentes de la Patrulla Fronteriza (CBP, por sus siglas en inglés), quienes alegaron que el adolescente ignoró sus órdenes de dejar de tirarles piedras desde la frontera en Nogales, en el noroeste de México, entre los estados Sonora y Arizona.
Dos meses después falleció, también por disparos de un agente, Carlos Lamadrid, de 19 años, cuando escalaba una cerca para volver a México, encontrándose en la línea de fuego entre el policía y un hombre que lanzaba piedras, recordó AI.
Los dos casos forman parte de una serie de tiroteos de agentes fronterizos contra mexicanos que les arrojaban piedras, y en ambos el Departamento de Justicia estadounidense dijo que no había «pruebas suficientes para refutar» que los miembros de la Patrulla Fronteriza actuaban en defensa propia.
Sin embargo, Amnistía Internacional indicó que este uso de las armas de fuego «parece violar las normas internacionales», por lo que pidió a Washington «una revisión completa» al respecto, y que modifique «urgentemente sus políticas para evitar más trágicas muertes».
AI ha denunciado antes otros fallecimientos de mexicanos, como el de Sergio Hernández Güereca, de 15 años, en 2010, en una situación similar que no desencadenó una investigación, a pesar de que el joven no parecía «constituir una amenaza», según la grabación de los hechos.
Los principios básicos adoptados por la Organización de Naciones Unidas (ONU) en 1990 sobre el uso de la fuerza y las armas de fuego por funcionarios, a los que alude AI, explican que los agentes deben hacer primero una advertencia, y tratar de infligir el menor daño posible y respetar la vida humana.
El artículo 9 aclara que los funcionarios que hacen cumplir la ley «no emplearán armas de fuego contra las personas salvo en defensa propia o de otras personas», si hay «peligro inminente» de muerte o lesiones graves o para impedir una fuga, pero «solo en caso de que resulten insuficientes medidas menos extremas» para este u otros supuestos.
«En cualquier caso, sólo se podrá hacer uso intencional de armas letales cuando sea estrictamente inevitable para proteger una vida», continúan los principios, en los que se explica que los Gobiernos adoptarán «las medidas necesarias» para que «se castigue como delito el empleo arbitrario o abusivo de la fuerza o de armas de fuego».
México, 16 ago (EFE).-