Este viernes, el Tribunal Supremo de España elevó la condena a 15 años de cárcel por violación a los integrantes de ‘La Manada’, cinco hombres que abusaron de una joven en las Fiestas de San Fermín en 2016 y se grabaron para alardear, un caso que desató masivas protestas en el país.
De esta manera, el máximo tribunal revocó las sentencias en instancias inferiores de la Audiencia de Navarra que había determinado que se trataba de un delito de abuso sexual y elevó la pena que inicialmente era de nueve años.
Además, añadió los agravantes de actuación conjunta de dos o más personas y trato vejatorio a la víctima, una joven que participó en las fiestas populares de los san fermines en Navarra en julio de 2016.
Los hombres fueron detenidos este viernes, el mismo día en que el Tribunal dictó la sentencia, y fueron trasladados a una comisaría en Sevilla. Se prevé que entren a prisión este sábado.
Los condenados son José Ángel Prenda, Alfonso Jesús Cabezuelo, Ángel Boza, Jesús Escudero y Antonio Manuel Guerrero. Uno de ellos es militar, otro es guardia civil.
El Tribunal dispone dos años más para el último por haber robado, con intimidación, el celular de la joven. También obliga a los cinco a pagar 100 mil euros (cerca de 360 millones de pesos) por la responsabilidad civil a la que ella tiene derecho.
Un comunicado emitido por el Tribunal Supremo aclara que no se trata de abuso sexual sino de violación porque “el relato fáctico describe un auténtico escenario intimidatorio, en el que la víctima en ningún momento consiente a los actos sexuales llevados a cabo por los acusados”.
También señala que se trató de una “situación intimidante que hizo que la misma (víctima) adoptara una actitud de sometimiento, haciendo lo que los autores le decían que hiciera, ante la angustia e intenso agobio que la situación le produjo por el lugar recóndito, angosto y sin salida en el que fue introducida a la fuerza, y las circunstancias personales de la víctima y de los acusados, lo que fue aprovechado por ellos para realizar los actos contra la libertad de aquella, al menos, diez agresiones sexuales con penetraciones bucales, vaginales y anales”.
Esto significa que el Tribunal, amparado en el artículo 178, 179 y 180 del Código Penal, considera que la actuación de La manada no fue abuso sexual sino violación porque medió violencia o intimidación con penetración y agrega los agravantes de la actuación conjunta de dos o más personas y el trato vejatorio.
Además, la justicia determinó «inhabilitación absoluta» durante el tiempo de la condena, ocho años de libertad vigilada después de haber cumplido la sentencia y una prohibición de acercamiento a menos de 500 metros de la víctima durante veinte años. Con esta medida, les queda prohibido cualquier tipo de comunicación con ella.
Los hechos ocurrieron el 7 de julio de 2016 en Pamplona en las fiestas de los san fermines. La chica de 18 años fue agredida en la entrada de una edificación por el grupo de amigos, que también la grabó.
En primera instancia fueron condenados por abusos sexuales, una sentencia que ratificó el Tribunal Superior de Navarra en diciembre de 2018.
Sin embargo, el caso tuvo una gran cobertura mediática y la actuación de La manada fue objeto de críticas de la sociedad y de colectivos de mujeres, abogados y partidos políticos. Por eso, este viernes los magistrados de la sala la revocaron la anterior sentencia por unanimidad. La nueva condena queda en firme.