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Cómo patrocinar a un hijo que no fue incluido cuando se hizo el trámite para la residencia permanente

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Cómo patrocinar a un hijo que no fue incluido cuando se hizo el trámite para la residencia permanente
Cómo patrocinar a un hijo que no fue incluido cuando se hizo el trámite para la residencia permanente

Por Vilma Filici / filici@filici.com

Esta semana recibí una llamada de un señor que se encuentra desesperado por traer a su hijo de 18 años a Canada. Su desesperación surge porque hace más de 14 años que no ve al joven dado que pasó por un divorcio muy violento, su esposa tenía la custodia absoluta del joven y no le permitió ningún tipo de contacto con él.

Ahora que su hijo cumplió su mayoría de edad en el país de origen y no depende de que su madre le dé permiso para reencontrarse con el padre, han estado en contacto y el joven le pidió que lo patrocinara para poder reunirse y vivir con él en Canadá.

Dado que el joven aún no ha cumplido los 19 años de edad, técnicamente el padre lo podría patrocinar. La ley dice que un hijo es dependiente hasta cumplir 19 años, siempre y cuando no esté casado o viviendo en unión libre con alguien.

Durante nuestra conversación le pregunté al señor si en el momento en que él hizo su trámite para la residencia permanente el niño se había hecho los exámenes médicos como es requerido por la ley de inmigración. La ley dice que cuando se está haciendo un trámite de residencia, el solicitante principal y todos sus dependientes, vengan o no a Canada en ese momento, deben hacerse los exámenes médicos puesto que si un dependiente es inadmisible por razones de salud automáticamente el solicitante principal es también inadmisible y es rechazado.

La razón por la cual le hice la pregunta es porque hay otra sección de ley que establece que, si en el momento en que una persona está haciendo su trámite para obtener la residencia permanente para Canadá tiene dependientes quienes no se han hechos los exámenes médicos, esos dependientes quedan excluidos de la clase familiar para los efectos de un patrocinio futuro por parte del que fuera el solicitante principal.

La respuesta que me dio el señor es que él intentó en varias oportunidades que su hijo se hiciera los exámenes médicos pero la madre no le permitió hacérselos. Lamentablemente en este caso el joven no es considerado miembro de la clase familiar y el señor no podrá hacer un patrocinio directo.

Cuando esta ley fue aprobada e implementada con el Acta de Inmigración y Refugio del 2002, la intención era la de penalizar a las personas que negaban tener hijos porque estos podrían afectar su trámite de inmigración al ser inadmisibles por razones médicas. El resultado drástico y cruel de esta práctica es que no se discrimina entre personas que realmente ocultaron a un dependiente para poder lograr su objetivo de inmigrar a Canada y personas como en el caso del señor.

La situación del señor con respecto a que el niño se hiciera el examen médico estaba totalmente fuera de su control. No tenía ningún poder para decidir o enviar al niño a hacerse el examen. Esto parece ser muy injusto, pero es la ley.

Desde la implementación de esta legislación se han llevado casos rechazados ante las Cortes con la intención de fijar un precedente legal y forzar al gobierno a cambiar o anular esta ley, pero hasta el día de hoy eso no se ha logrado.

Entonces, ¿qué puede hacer una persona que se encuentra en la situación del señor? Una forma de intentar traer a un dependiente que fue excluido como miembro de la clase familiar por no haber cumplido con el requisito mencionado es hacer un trámite por Razones Humanitarias y de Compasión.

En este caso se deberá explicar el problema que había en la pareja y el control que ejercía la madre con el niño. También se deberá explicar todos los intentos que hizo el señor para que el joven cumpliera con los requisitos, y por supuesto se deberá hablar sobre el deseo del joven de reunificarse con su padre.

También se podría hacer un análisis de cómo afectaría al joven el no poder reunirse con su padre en términos de posibilidades de estudio y de bienestar, tomando en cuenta la situación política y social del país de origen. Aquí es importante señalar que cuando se presenta un caso por razones humanitarias, el oficial de Inmigración debe evaluar el mejor interés del niño afectado por la decisión.

Por supuesto que la decisión final queda con el oficial de Inmigración que procese el caso ya que es el oficial quien tiene la discreción absoluta de aprobar o rechazar el caso. Sin embargo, en estas situaciones se espera que el oficial de Inmigración llegue al fallo al cual llegaría cualquier persona razonable que se enfrentara con una situación similar.

Si fallara la solicitud por razones humanitarias se podría intentar traer al joven como estudiante internacional. Este proceso es costoso, pero el joven tendrá beneficios como por ejemplo trabajar 20 horas semanales, cuando termine sus estudios podrá obtener un permiso de trabajo, y después de haber trabajado por lo menos un año podrá hacer su trámite para la residencia permanente por sí solo.

Otra opción es la de investigar si Canada tiene algún tratado reciproco con el país de origen del joven, ya que bajo la Clase de Experiencia International el joven podría obtener un permiso de trabajo de un año para venir a trabajar a Canada.

Este programa está abierto para 32 que tienen un tratado con Canadá y acepta a jóvenes que estén entre los 18 y 35 años de edad. Si bien es un permiso por sólo un año, durante ese periodo el joven podrá decidir si saca visa de estudiante o si consigue una compañía que le ofrezca otro trabajo que luego le permita hacer un trámite para la residencia por sí solo.

Si se logra obtener la residencia por estas vías, al final se logrará la reunificación familiar, aunque el joven ya no sea considerado un miembro de esa clase para los efectos de un patrocinio.

 

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